TRANSPORTES
El Estado establece compensaciones al transporte marítimo y aéreo de mercancías con Ceuta y Melilla

El Boletín Oficial del Estado publica esta semana un nuevo Real Decreto que regula la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla, como ya adelantó Teleceuta.es.
De igual manera, la norma también modifica el régimen de compensaciones al transporte marítimo y aéreo con las islas Baleares para incluir las ayudas al transporte de mercancías peligrosas, del mismo modo en que está previsto para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
El sistema de compensaciones pretende abaratar el coste efectivo del transporte de mercancías por vía marítima y aérea de Ceuta y Melilla con la península, así como el efectuado entre ambas ciudades autónomas, además de con otros Estados miembro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, por su condición de territorio extrapeninsular.
En concreto, los productos cuyo transporte por vía marítima y aérea es objeto de compensación son los originarios o transformados en Ceuta o en Melilla, las materias primas y productos intermedios, la mercancía en stock proveniente de importaciones destinadas a consumo realizadas por pequeñas y medianas empresas comerciales de Ceuta o de Melilla, sujetas al régimen de venta al por menor, las mercancías peligrosas procedentes de Ceuta o Melilla o del resto de la Unión Europea y los residuos generados en Ceuta o Melilla o en el resto de la Unión Europea, para los que se aplicarán compensaciones de hasta el 50%, en función de los casos.
Así mismo, los costes subvencionables son el flete y sus gastos conexos, los costes de manipulación de la mercancía en los puertos o aeropuertos de origen y destino, las tasas portuarias o aeroportuarias, así como las de seguridad y el recargo por incremento del coste del combustible, cuando se aplique.
Transportes queda al cargo de la convocatoria para el otorgamiento de estas compensaciones, que se aprobará en el primer cuatrimestre de cada año.